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Restricciones indirectas a la libertad de expresión.

Las condiciones para la libertad de expresión y el derecho a la información en México dibujan un panorama que compromete su ejercicio a través de vías directas e indirectas, más allá del incremento de agresiones en contra de comunicadores y medios. En la actualidad, los mecanismos de censura pasan por el uso discrecional de la publicidad oficial, por un déficit de diversidad y pluralismo producto de la indebida concentración de los medios de comunicación que inhibe una deliberación pública, plural y abierta, así como por la falta de garantías y mecanismos legales para la debida protección de los derechos en un nuevo entorno digital.

 

Así comienza el extenso informe que entregaron organizaciones promotoras y defensoras de la libertad de expresión en México a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su pasado periodo de sesiones el pasado 7 de abril en Washington. Las organizaciones que presentaron dicho informe son Artículo 19, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (RED3D), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Colectivo Transparencia, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI), FUNDAR Centro de Análisis e Investigación y la periodista Carmen Aristegui, que de manera sucinta presentó su caso como un botón de muestra de las formas en cómo se suelen acallar a periodistas independientes.

 

En el reconocimiento que uno de los principales obstáculos para ejercer este derecho en nuestro país están los permanentes ataques contra periodistas y medios de comunicación, si a eso le agregamos las diversas formas de restricción indirecta para su desenvolvimiento, nos encontramos con un grave déficit en la materia, que pone en riesgo la deliberación pública y por lo tanto la calidad democrática y el ejercicio de otras libertades.

 

En materia de publicidad oficial, las organizaciones han documentado a detalle el excesivo gasto del erario público, especialmente hacia las televisoras comerciales del país, que ha fomentado una instrumentalización de mecanismos que generan la concentración y discriminación de medios alternativos, así como prácticas de censura indirecta , irrumpiendo la libertad de expresión y  el derecho de acceso a la información pública.

 

Por su parte, la propiedad de medios, el acceso a contenidos e información plural e independiente y la concesión del espectro radioeléctrico de uso social y comercial se han convertido en aspectos centrales para el ejercicio de la libertad de expresión, y aunque la actual legislación ha avanzado en los temas de concentración, no tanto como quisiéramos pero algo hay, en la práctica tenemos una mayor concentración en el sector audiovisual como puede observarse en la televisión de paga, y aunque existen las declaratorias de preponderancia para los agentes económicos preponderantes en radiodifusión y telecomunicaciones, así como los indicadores para la medición de concentración en los mercados, aún son inexistentes los indicadores de pluralismo por parte del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para hacer cumplir lo que establece el 6º constitucional.

 

De igual manera esta ausencia de pluralismo se ve agravada por la dilación administrativa del IFT para otorgar concesiones a medios comunitarios e indígenas, aunque ya están reconocidas legalmente y existen los lineamientos para facilitar su acceso a las frecuencias a casi dos años de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el IFT apenas ha otorgado una sola concesión de servicio social comunitario. Ante los cuestionamientos de los comisionados y del Relator de Libertad de Expresión de la CIDH para conocer de los obstáculos para que se otorguen las concesiones a este tipo de medios, así como de otras medidas afirmativas de política pública los representantes del Estado mexicano en la audiencia simplemente no supieron que responder, como tampoco a los cuestionamientos entorno a la actual campaña que tiene en contra de emisoras ilegales que acusa de “robo” del espectro.

 

Si bien el IFT tiene la facultad legal y legítima para perseguir el uso ilegal e ilícito de frecuencias, y debe de hacerlo, convendría que hiciera públicos los criterios para aplicar sanciones para evitar el cierre de emisoras y persecución de proyectos que si tienen una vocación comunitaria e indígena, pero que desconocen los procedimientos administrativos para obtener su respectiva concesión. Aplicar a tabla rasa cierre de emisoras con su respectivo proceso penal puede dar lugar a una política persecutoria que nada tiene que ver con los derechos que el IFT está obligado a tutelar por  mandato constitucional.

 

Las organizaciones también denunciaron que el marco normativo mexicano, en específico la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), también ha facilitado y habilitado al Estado para ejercer acciones arbitrarias de intervención telefónica, vigilancia masiva, invasión a la privacidad de las personas en el entorno digital y adquirir software malicioso de espionaje.

 

Todos estos elementos generan una censura indirecta o sutil para el ejercicio de la libertad de expresión en México, entendiendo ésta como un conjunto de prácticas oficiales destinadas a influir en la producción de medios; excluyendo las prohibiciones legales o extralegales; la censura directa de contenido específico ya sea a través de la publicidad oficial, mediante restricciones al acceso a la información pública, al acceso a las frecuencias para los actores tradicionalmente excluidos del proceso comunicativo, permitiendo la indebida concentración de medios que inhibe el pluralismo o bien mediante presiones administrativas.

 

Las organizaciones solicitaron al Estado mexicano aceptar la asesoría y cooperación técnica para que las regulaciones y políticas públicas, especialmente del IFT tengan como marco los estándares interamericano de libertad de expresión, ya que hasta el momento ha permeado una visión esencialmente técnica y económica, cuando por mandato constitucional debe ser el garante de la libertad de expresión y derecho a la información en la radiodifusión.

 

La situación de la libertad de expresión preocupa a los organismos internacionales de derechos humanos, tan es así, que en la misma audiencia se anunció la intención de los Relatores de la ONU y la CIDH en la materia para hacer una visita oficial conjunta a México, veremos si el gobierno la acepta y facilita.

La audiencia completa puede verse aquí.

@callejag

Publicado originalmente en: http://lasillarota.com/restricciones-indirectas-a-la-libertad-de-expresion/Aleida-Calleja#.WMm_JSPhCCc

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Ayotzinapa y el derecho a la verdad.

¿Dónde están? Esa es la pregunta que ninguna instancia del Estado ha podido responder frente a la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa, Guerrero. A un mes de la barbarie ocurrida en Iguala en ese estado del sur del país, lo que priva es confusión, rabia, desosiego ante la desaparición forzada de los normalistas.

La única información que han dado distintas autoridades con certeza es que había autoridades estatales que en colaboración con el crimen organizado se dictaron las órdenes para agredir brutalmente a los jóvenes, matar a casi una decena de ellos y desaparecer a los demás.

Ayotzinapa destapó nuevamente el terror en el que viven innumerables comunidades en el país, la descomposición del poder político, la cloaca de la corrupción, la aquiescencia de los distintos niveles de gobierno para que tanto actores estatales como no estatales aprovechen el poder para sus propios intereses. Revela el nivel de debilidad institucional que hace incapaz al Estado de dar respuestas a esta sociedad que vive con miedo como cotidianeidad.

En estos momentos de crisis, la información, el derecho a saber, se convierte en una necesidad imperante para conocer: ¿Cuántas fosas clandestinas más hay? ¿De quiénes eran esos cuerpos encontrados a pedazos? ¿Quiénes son los responsables? Y la pregunta que está en las calles, en la voz de miles de manifestantes en diversos lugares del país ¿Dónde están los 43 desaparecidos?

El Estado mexicano tiene la obligación de aportar información completa y clara a la sociedad sobre los hechos en Iguala, esclarecerlos son parte fundamental para el derecho a la verdad, el efectivo acceso a la justicia por parte de las víctimas que son ahora las familias y seres queridos de los jóvenes desaparecidos. Saber que sucedió y quiénes fueron los autores de esa masacre es la única vía para que haya justicia, reparación integral a las violaciones atroces a esos derechos humanos, y la vía esencial para que se implementen acciones eficaces para que no se vuelvan a repetir estos hechos.

Qué tanto las víctimas como la sociedad no sepamos la verdad de los hechos es obstaculizar la justicia, la falta de información que esclarezca porque llegamos a esta tragedia es mantener la impunidad. La ausencia de información fidedigna sólo genera mayor confusión y pone en mayor sufrimiento a los familiares de los estudiantes desaparecidos.

El derecho a conocer la verdad para dar con los responsables intelectuales y materiales de la desaparición forzada de los jóvenes es una obligación del Estado y tiene que hacerse de acuerdo a las demandas tanto de los familiares de las víctimas como de toda la sociedad. Es una obligación del Estado mexicano frente a sus responsabilidades internacionales para la protección de los derechos humanos, tal como desde hace mucho tiempo lo ha establecido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que indica que el derecho a la verdad, no sólo implica el derecho de las familias a conocer la suerte de sus seres queridos y sino que también ese derecho también pertenece a la sociedad, de acuerdo a los artículos 1, 25, 8 y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

De manera más reciente, el 4 de septiembre del 2013, la Relatoría Especial de la ONU sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión presentó ante el Consejo de Derechos Humanos un informe sobre la ineludible relación entre el derecho de acceso a la información y el derecho a la verdad, estableciendo que: “en el contexto de violaciones graves de los derechos humanos, existe una obligación particular que exige que los Estados informen acerca de lo ocurrido no sólo a las víctimas y sus familias, sino también al conjunto de la sociedad”.

Para garantizar ese derecho a la verdad, no basta con conocer los hechos judiciales, se requiere también de conocer las causas que originaron la violación de derechos humanos, tal como lo plantea la misma Relatoría en su numeral 30 del informe antes citado: “En ese contexto, la realización de investigaciones judiciales sobre violaciones de los derechos humanos es una responsabilidad básica del Estado y un importante punto de partida para el ejercicio del derecho a la verdad. No obstante, no basta con la investigación judicial de casos concretos: el derecho a la verdad implica no sólo la determinación de las circunstancias inmediatas de violaciones concretas, sino también la aclaración del contexto general, las políticas y deficiencias institucionales y las decisiones que las hicieron posibles. Además, el ejercicio del derecho a la verdad puede exigir la divulgación de información sobre las violaciones a fin de restablecer la confianza en las instituciones estatales y evitar la repetición de esos actos”.

Creo que el gobierno con su errática estrategia de informar en estos días lo único que hace es aumentar el sufrimiento de las víctimas y aumentar la desconfianza de la sociedad en un escenario de incertidumbre que agudiza la percepción de la crisis de derechos humanos que ahora estamos viviendo. El derecho a la verdad, a contar con información fidedigna es en este momento es clave y como sociedad deberíamos de exigirla con la mayor contundencia posible.

aleida.calleja@gmail.com
@callejag

Publicado originalmente en: http://lasillarota.com/ayotzinapa-y-el-derecho-a-la-verdad/Aleida-Calleja#.VKxDdlpVNJY

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Ley Telecom, rechazo casi unánime.

Por donde se le vea la iniciativa de ley de telecomunicaciones y radiodifusión contiene en su mayor parte fallas que ponen en riesgo los derechos informativos reconocidos en la constitución y la posibilidad de contar con una competencia efectiva en el sector.

En mi anterior colaboración le comenté a grandes rasgos los derechos vulnerados y las inconstitucionalidades de la propuesta presidencial, que además también infringe estándares internacionales en materia de libertad de expresión. Aquí le presento alguno de ellos:

1. Al limitar las facultades sustantivas del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), diluye el gran avance que significó la autonomía constitucional del órgano regulador, que suponía un modelo innovador en América Latina y de cumplimiento al más alto estándar internacional del Sistema Interamericano de derechos humanos que establece: “[…]En particular es fundamental que los órganos de regulación o fiscalización de los medios de comunicación sean independientes del Poder Ejecutivo, se sometan completamente al debido proceso y tengan un estricto control judicial”[1]. Suficientes ejemplos tenemos en nuestra historia de la injerencia indebida del ejecutivo al administrar de manera discrecional y arbitraria las frecuencias del espectro radioeléctrico que son un Bien del Dominio de la Nación, por lo que ahora está en riesgo ese avance histórico.

2. Por el aporte que significa a la pluralidad en cualquier sistema de medios, organismos de derechos humanos han recomendado el reconocimiento de los medios de uso social, comunitarios e indígenas, y aunque el 6º constitucional por primera vez les da ese reconocimiento de existencia, la propuesta de Peña Nieto impone criterios discriminatorios dejándolos en una alta incertidumbre jurídica, violando los mínimos estándares del Sistema Interamericano tanto en el acceso a las frecuencias[2] como en las condiciones para su desarrollo tal como lo establece la Declaración Internacional sobre Diversidad en la Radiodifusión[3]:“La radiodifusión comunitaria debe estar expresamente reconocida en la ley como una forma diferenciada de medios de comunicación, debe beneficiarse de procedimientos equitativos y sencillos para la obtención de licencias, no debe tener que cumplir con requisitos tecnológicos o de otra índole severos para la obtención de licencias, debe beneficiarse de tarifas de concesionaria de licencia y debe tener acceso a publicidad”.

Incluso para fortalecer a este tipo de medios y equilibrar las asimetrías en la radiodifusión es que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como Naciones Unidas recomiendan a los Estados la reserva de al menos un 30% del espectro para este tipo de medios.

3. En el mismo sentido los Relatores de Libertad de Expresión han emitido recomendaciones sobre los medios públicos al determinar que “se requieren medidas especiales para proteger y preservar los medios públicos en el nuevo espacio radioeléctrico. El mandato de los medios públicos debe estar claramente establecido por ley y debe incluir, entre otros, el contribuir a la diversidad, la cual debe ir más allá de ofrecer diferentes tipos de programación, dar voz a y satisfacer las necesidades de información e intereses de todos los sectores de la sociedad. Se deben explorar mecanismos innovadores para el financiamiento de los medios públicos, de forma tal que éste sea suficiente para permitirles cumplir con su mandado de servicio público, que sea garantizado por adelantado para periodos de varios años y que sea ajustado de acuerdo a la inflación”.

Al respecto la iniciativa del gobierno deja a este tipo de medios sin independencia editorial y les limita las fuentes de financiamiento obligando a su dependencia al presupuesto gubernamental.

4. En el paquete de iniciativas el Ejecutivo “olvidó” incluir la ley reglamentaria del derecho de réplica, uno de los derechos básicos de libertad de expresión y de las audiencias que la Constitución establece y es reconocido por el artículo 14 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).

5. Las disposiciones establecidas para poder bloquear el servicio de internet y comunicaciones bajo supuestos vagos de “violar alguna normatividad” o en “situaciones críticas de seguridad pública o nacional”, van en contra del artículo 13 de la CADH al ser una restricción desproporcionada e innecesaria para la consecución de sus fines que pueden dar lugar a la censura previa. La Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión e Internet de los Relatores de Libertad de expresión en el mundo del año 2011 establece que: «La interrupción del acceso a Internet, o a parte de este, aplicada a poblaciones enteras o a determinados segmentos del público (cancelación de Internet) no puede estar justificada en ningún caso, ni siquiera por razones de orden público o seguridad nacional».

6. Sobre la intervención de llamadas telefónicas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han determinado, que los datos de una comunicación deben ser protegidos, por lo que su intercepción, almacenamiento, tratamiento y acceso, debe contar con autorización y controles judiciales como lo marcan los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones.

Lo cierto es que la iniciativa ha causado un rechazo casi unánime, algunos actores lo han hecho con energía, mientras otros aunque de manera tibia y con exceso de cautela como el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), también lo han hecho.

En las 16 observaciones planteadas por el IFT el pasado 4 de abril a la Cámara de Senadores marcan sus desacuerdos, aunque enredan lo que se propone en la iniciativa oficial y otras iniciativas en el Congreso sin atreverse a enunciarlas por su nombre, como la Iniciativa Ciudadana encabezada por la Asociación Mexicana de Derecho a la Información o la del Partido de la Revolución Democrática.

Entre otros actores que recientemente se pronunciaron en contra de la propuesta gubernamental esta la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal que encabeza Perla Gómez, que con toda claridad expresa que contiene disposiciones que son contrarias a los derechos humanos y les recuerda a los legisladores que el artículo 1º los obliga a incorporar los estándares internacionales de derechos humanos en esta materia. Esta declaratoria contrasta con el silencio que ha mantenido la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que con todo y su autonomía no es capaz, por lo menos hasta hoy, de emitir una opinión ante una propuesta de ley que afecta una de las piedras angulares de la democracia que es la libertad de expresión.

En su ámbito de competencia la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) también emitió una serie de observaciones a la ley, por considerar que afecta la eficaz competencia, sin embargo, días después el 9 de abril, retrocedió con un nuevo comunicado resaltando los “aciertos” de la iniciativa, lo que dejó a este organismo internacional en un dilema de credibilidad, pues la apreciación es que se dejó presionar por el gobierno mexicano para desdecirse de su primera comunicación oficial.

La sociedad se organiza

Afirmó un senador, de cuyo nombre no quiero acordarme, “que ahora salieron muchos expertos de telecomunicaciones” con la intención de descalificar a las voces críticas. No se necesita ser experto en la materia para saber que se violan nuestros derechos. Por esa conciencia es que la semana pasada salieron colectivos de jóvenes a protestar a las calles el 10 de abril exigiendo la libertad de información en Internet, la convocatoria circuló de manera significativa bajo el hashtag #NoMásPoderAlPoder. Sectores de la sociedad de las más diferente índole también atendieron la invitación para la conformación del Frente por una Comunicación Democrática el pasado 11 de abril, convocado inicialmente por Cuauhtémoc Cárdenas y el senador Javier Corral, un espacio en el que convergen los esfuerzos de la ciudadanía para evitar el atropello que significa la ley que deberá de discutirse en el Senado.

El Ejecutivo envió la iniciativa con casi cuatro meses de retraso y ahora presiona para que sea aprobada sin mayor análisis en este periodo de sesiones. La pelota esta en la cancha del Senado quien deberá dictaminar la iniciativa con las Comisiones de Radio, Televisión y Cinematografía, la de Comunicaciones y Estudios Legislativos. Tanto legisladores del Partido de la Revolución Democrática como de Acción Nacional han manifestado que de ser aprobada en sus términos irán a una acción de inconstitucionalidad y aunque intentan que haya un periodo extraordinario, el partido gobernante junto con sus aliados del verde ecologista pueden mayoritear para que el Congreso, como en los más viejos tiempos autoritarios, actúe de acuerdo a los designios presidenciales renunciando a su contrapeso como poder el Estado.

Aleida Calleja

Publicado originalmente en: http://www.lasillarota.com/component/k2/item/92136-ley-telecom-rechazo-casi-unánime

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El Senado debe rechazar el ACTA.

Por considerar que el llamado Acuerdo Comercial Anti-falsificación (ACTA por sus siglas en inglés) viola la libertad de expresión y de información, el Parlamento de la Unión Europea rechazó este acuerdo el pasado 4 de julio, bajo la consideración de que  su ambigua redacción genera incertidumbre jurídica para los usuarios de internet y ponía en serio riesgo la privacidad de millones de personas.

Esta decisión es además coincidente con la reciente resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que reconoció en su Asamblea de finales de junio, el derecho de las personas a la libertad de expresión en Internet y pidió a los gobiernos que lo protejan. Esta es la primera vez que este organismo mundial determina que los derechos humanos deben ser protegidos en el ámbito digital, y por lo tanto promovidos en la misma medida y con el mismo compromiso que los derechos humanos en el mundo físico o real.

En la corta resolución, presentada por el Relator de Libertad de Expresión Frank La Rue, se afirma que los derechos de las personas también deben estar protegidos en Internet, en particular la libertad de expresión, que es aplicable sin consideración de fronteras y por cualquier procedimiento que se elija, de conformidad con el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y reconoce la naturaleza mundial y abierta de Internet como fuerza impulsora para el desarrollo y las democracias.

Desde el año pasado el Senado de la República había rechazado el ACTA por razones parecidas a las que estableció el Parlamento Europeo, este acuerdo de carácter supranacional ha sido negociado por varios gobiernos de espaldas a los Congresos y de las sociedades en los países. Diversas campañas de rechazo y presión por parte de organismos defensores de los derechos humanos generaron mayor información respecto del impacto en los derechos de los usuarios en la red, por lo que lograron que en una buena parte de los países se objetara su firma.

Aún así el pasado 11 de julio el embajador de México en Japón, Claude Heller, firmó como representante del Ejecutivo Federal el ACTA, días después de que en Europa se impidiera su implementación. En pocas palabras el presidente Felipe Calderón en un uso autoritario del poder, al que le queda poco tiempo, simplemente pasó por encima la resolución del Senado que lo exhortó a no firmarlo y una vez más desestimó la protesta social y los argumentos legales que esgrimieron sectores de la sociedad.

El ACTA es un acuerdo comercial que tiene como fin proteger los derechos de propiedad intelectual, pero sobre todo las ganancias de las grandes empresas que controlan las industrias culturales y otras como las farmacéuticas, que quieren frenar las pérdidas económicas que les implica lo que ellas llaman la piratería.

Sólo que quieren hacerlo mediante acciones punitivas que ponen en serio riesgo el ejercicio de derechos y libertades fundamentales, las medidas propuestas son desproporcionadas y pueden ser un peligro real para que sean utilizadas para invadir la privacidad de las personas, pero sobre todo para que puedan ser utilizadas corrompidamente para perseguir a activistas sociales, periodistas y defensores de derechos humanos. Con ello se protege a unos cuantos que manejan estas industrias por encima de la mayoría.

Entre algunas de las peligrosas medidas que contiene este acuerdo es la obligación de las autoridades de emitir medidas cautelares en contra de quien supuestamente esta robando obras protegidas por la propiedad intelectual, sin que exista un derecho de audiencia, propiciando un efecto inhibitorio que puede dar lugar a la censura previa. Además contempla el aseguramiento de bienes y exige a los proveedores de internet  que proporcionen los datos privados de los usuarios a los titulares de propiedad intelectual, por la sola presunción de culpabilidad ante una infracción.

Este acuerdo contraviene flagrantemente la resolución del Consejo de Derechos Humanos de la ONU y es una herramienta que sólo defiende los intereses comerciales de las grandes empresas; en la ponderación de derechos humanos aquéllos no pueden estar por encima de éstos últimos.

Con la firma de este acuerdo Calderón se ratifica como un gobernante al que entre poco y nada le interesaron los derechos humanos, en especial la libertad de expresión. Para muestra ahí están los paupérrimos resultados para combatir la impunidad en contra de las agresiones en contra de periodistas y medios de comunicación, sus aberrantes acciones para amplificar la concentración de medios electrónicos y su errática política digital que ha impedido el acceso universal de la banda ancha para buena parte de la sociedad mexicana.

El reconocimiento del internet como una herramienta eficaz para el desarrollo y el ejercicio de las libertades de información y expresión que sirve como plataforma privilegiada para el ejercicio de otros derechos debe ser la base para una legislación que la proteja y la garantice; en lugar de andar cuidando el patio trasero de los grandes consorcios, el legislativo debe rechazar este acuerdo y emitir normas necesarias como la neutralidad de la red, acabar con los monopolios en las telecomunicaciones y asegurar el acceso universal a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación para todas las personas.

Aleida Calleja

 

Publicado originalmente en: http://www.lasillarota.com/component/k2/item/45837-el-senado-debe-rechazar-el-acta

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Protección a quienes defienden.

El pasado15 de marzo se presentó en el pleno del Senado de la República la iniciativa para crear la primera Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que tendría que ser implementada por  las secretarías de Gobernación, la de Seguridad Pública, la de Relaciones Exteriores y con la Procuraduría General de la República, con el fin de prevenir y proteger de agresiones y de asesinatos a estos grupos ya considerados como vulnerables.

Desde el 2009, la oficina en México de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha documentado el aumento de ataques en contra de personas defensoras de los derechos humanos, razón por la cual muchas de ellas han muerto o bien han tenido que asilarse en otros países para salvaguardar su vida, los informes emitidos al respecto por esta oficina basados en la documentación que han llevado sistemáticamente diversas organizaciones sociales defensoras de los derechos humanos y de la libertad de expresión, han llevado a la implementación de campañas para dar a conocer la gravedad de la situación, que ha llevado a que diversos organismos internacionales presionarán al gobierno federal para la implementación Mecanismos de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Periodistas, de la misma manera como en su momento se hizo en Colombia.

De acuerdo a la Comisión  Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) entre 2006 y 2010, al menos 61 personas defensoras de derechos humanos fueron asesinadas en México y de acuerdo a información presentada por la Relatoría para la Libertad de Expresión de las Naciones Unidas al menos 66 periodistas han sido asesinados en los últimos 10 años. En más del 90% de los casos la impunidad para castigar a los responsables de las agresiones y la falta de medidas preventivas son de las principales condiciones para que la violencia en contra de estos grupos siga en aumento.

Finalmente y después de muchas presiones por parte de las organizaciones en el país, la Secretaría de Gobernación implementó primero el mecanismo para periodistas, el cual ha tenido escasos resultados, y con dilación aún no ha presentado el mecanismo para la protección de personas defensoras de derechos humanos. Esta es la principal razón por la que dichas organizaciones, cansadas de esperar a que exista voluntad política del gobierno para su efectividad, han impulsado que este mecanismo sea un mandato legal con carácter de obligatoriedad y con ello evitar la discrecionalidad para su cumplimiento.

La iniciativa destaca la implementación de mecanismos de protección para garantizar que quienes defienden derechos humanos o se dediquen a informar puedan llevar a cabo estas labores protegidos de intimidaciones o represalias y que en caso de que la persona que solicite el apoyo declare que su vida está en peligro, las autoridades federales deberán emitir, en un máximo de nueve horas, las medidas de protección, que incluirán, entre otras, la asignación de una escolta y protección de inmuebles. Hasta el momento al menos 75 miembros del Senado han firmado la iniciativa de ley, el paso siguiente es que las comisiones de gobernación y estudios legislativos la dictaminen para su posterior aprobación.

No tendríamos que llegar a tales puntos si las instituciones encargadas de velar por la justicia y la protección derechos humanos cumplieran con su deber constitucional y legal, pero ante la impunidad como realidad cotidiana y el colapso del sistema de justicia esas son las salidas que la sociedad organizada está encontrando, el problema central será que en caso de que dicha ley se apruebe en verdad logre implementarse.

Para apoyar este proceso Amnistía Internacional, lanzó una nueva campaña de recolección de firmas de apoyo a este proyecto para que el poder legislativo lo apruebe a la brevedad, a través de la páginawww.alzatuvoz.org/LeyDefensores

Las anomalías del PAN.

En otro asunto este fin de semana pasado, de nueva cuenta salieron a relucir las anomalías en las elecciones internas del Partido Acción Nacional esta vez en el Distrito Federal, mostrando que no tiene mínima diferencia con las corruptas prácticas políticas que antes denunciaba del Partido Revolucionario Institucional como la compra del voto, la alteración del padrón de votantes, entre otras violaciones. Las primeras denuncias salieron de los militantes de ese partido con las elecciones en Chihuahua para candidatos al Congreso como fue el caso de Javier Corral. Lamentable, por decir lo menos sería que la dirigencia nacional hiciera negociaciones para tapar semejante vergüenza. No milito en ningún partido, ni me identifico con el panismo, pero dejar en la impunidad semejantes prácticas sería altamente lesiva para la frágil democracia electoral de este país.

Aleida Calleja

 

Publicado originalmente en: http://www.lasillarota.com/component/k2/item/36757-protección-a-quienes-defienden

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